Pregunta 1
Según la ficha de la Carta Certificada, desde el 27/06/2021 la indemnización por extravío de una carta certificada nacional es:
- AUna cantidad fija de 30 euros, más el valor declarado si se contrató
- BLa tarifa abonada multiplicada por 10, más el valor declarado contratado
- CEl doble de la tarifa abonada, sin sumar en ningún caso el valor declarado
- DLa tarifa abonada más 30 DEG, con un límite máximo de 3.000 euros
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Respuesta correcta: B. La tarifa abonada multiplicada por 10, más el valor declarado contratado
Desde el 27/06/2021 la indemnización es la tarifa abonada multiplicada por 10, más el valor declarado si se contrató; antes eran 30 euros más el valor declarado.
Fuente: correos.es (Garantías nacionales)
Pregunta 2
Según el artículo 4 de la Ley 43/2010, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la ley:
- ALos envíos de publicidad directa con dirección postal, cualquiera que sea su peso
- BLos paquetes postales que contengan mercancías con valor comercial y superen los dos kilogramos
- CLos servicios en régimen de autoprestación y los envíos sin dirección postal del destinatario
- DLos envíos transfronterizos con destino a países terceros no pertenecientes a la Unión Europea
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Respuesta correcta: C. Los servicios en régimen de autoprestación y los envíos sin dirección postal del destinatario
El art. 4 excluye los servicios en régimen de autoprestación y los relativos a envíos sin dirección postal del destinatario.
Fuente: Art. 4 Ley 43/2010